Luego de
que fuera redactada, aprobada, apelada y otras instancias procesales de
carácter judicial que poco nos importan, y que además desconocemos, la suprema
corte de justicia determinó hace unas semanas la constitucionalidad de la ley
de servicios de comunicación audiovisual (mundialmente conocida como “ley de
medios”).
Desde EFQQ
consideramos que a partir de este momento, los esfuerzos del oficialismo y la
sociedad en su conjunto deberían aunarse en pos de lograr una ley de medios
deportivos, con el fin de desterrar finalmente al niembrobilardismo y al
pelotudismo extremo operante en la actualidad.
Algunos
constitucionalistas han puesto el foco en el proyecto de ley, elevando su voz y
alertando sobre algunos polémicos artículos, algunos de los cuales han sido
catalogados como discriminatorios.
Por su
parte, distintos artículos del proyecto de ley han sido acusados de fascistas, comunistas
y antidemocráticos (todo al mismo tiempo), violentando los buenos usos y
costumbres y los leales saberes y entenderes del individuo racional, liberal y
republicano.
Si bien
faltan pulir algunas cuestiones, mostraremos a nuestros queridos lectores
algunos adelantos del mencionado proyecto de ley.
Art 24): Obligatorio uso de una remera con la leyenda “tengo
más leche en el culo que en la heladera” al señor Paulo Vilouta en cada una de
sus apariciones públicas.
Art 25): Obligatorio
uso de una remera con la leyenda “me culee a Bastía” al señor Alejandro Fantino
en cada una de sus apariciones públicas.
Art 26): Obligatorio
uso de una remera con la leyenda “yo le pego a las mujeres” al señor Mariano
Closs en cada una de sus apariciones públicas.
Art 31): Eliminar
a los periodistas chilenos de las transmisiones de Fox Sports.
Art. 37):
Quítese de forma abrupta e inmediata los tiradores de la humanidad de Elio
Rossi.
Art. 38):
Ahórquese a Elio Rossi con sus propios tiradores expropiados mediante el art. 37
de la presente ley. La ejecución deberá suscitarse en plaza pública de
superficie mayor o igual a 200m2, el primer domingo del mes siguiente de
promulgada la ley, a las 13hs.
Art 41)
Devolver a Julio Ricardo al asilo de ancianos y prohibir sus salidas
ocasionales.
Art 43)
Tortura semanal con intensos latigazos al señor Lázaro Jaime Zilberman, mejor
conocido como Marcelo Araujo.
Art 44) Sentenciar a Lázaro Jaime Zilberman y Mariano Closs a trabajar de ‘periodista
de campo’ hasta sus últimos días. El lugar de relator lo ocupará Mariano
Benedetto, el cual podrá realizar todo tipo de actos despectivos hacia ellos,
humillándolos hasta el hartazgo.
Art 48) Crear una comisión de notables que realice
los nombramientos de los periodistas deportivos.
Art 49) La comisión estará presidida por
Horacio Pagani, eximio periodista deportivo de respetada trayectoria y certeras
apreciaciones. EFQQ tendrá poder de veto.
Art 51):
Eliminar a Fernando Niembro de los canales de televisión y de la estaciones
radiales. No, mejor eliminarlo de todos lados. Ejecución pública a 10’ de consumado el acto del
art 38 de la presente ley, en el mismo lugar geográfico.
Art 57) Juicio, castigo y asesinato al Chavo
Fucks
Art 62) Juicio, castigo y asesinato a Rodolfo
Depaoli
Art 64) Juicio, castigo y asesinato a Walter
Zafarian
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